Artículo 1 — Artículo 1
Autorizar al Ministerio de Transporte y Obras Públicas en forma excepcional a transferir directamente a CONAFIN-AFISA hasta la suma de $ 150.000.000 (pesos uruguayos ciento cincuenta millones) con anterioridad al 30 de setiembre de 2016, con cargo a sus créditos presupuestales, a efectos de dar continuidad a la política respecto al transporte colectivo de pasajeros.