Artículo 1 — Artículo 1
Apruébense los cuadros tarifarios a regir a partir del 1° de enero de 2015, por los servicios suministrados por la empresa Gasoducto Cruz del Sur S.A. para transporte firme e interrumpible de gas, los cuales forman parte del presente decreto.<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0>