Decreto171-2001·2001

PRORROGA EN LA FIJACION DE TASA 0% DEL IMPUESTO A LA ENAJENACION DE BIENES AGROPECUARIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de setiembre de 2001

Fecha de publicación

16/05/2001

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase desde el 1º de abril de 2001 al 30 de setiembre de 2001 la vigencia de la tasa 0% (cero por ciento) del Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios, aplicable a todos los hechos generadores vinculados a la lana.-

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc..-