Decreto171-2003·2003

FIJACION DE LA TASA DE PROMOCION Y CONTROL VITIVINICOLA. ENERO 2003

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/04/2003

Fecha de publicación

5 de julio de 2003

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase, a partir del 1º de enero de 2003, en $ 0.63 (son pesos uruguayos: sesenta y tres centésimos), por litro de vino, por litro o kilo de subproducto, el monto de la tasa que grava, la expedición de las boletas de circulación y calidad de vinos nacionales e importados y el control de la producción y circulación de los subproductos de la uva.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.