Decreto172-1989·1989

REDUCCION DE TASAS PARA LA LIQUIDACION DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO. 1988

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/04/1989

Fecha de publicación

8 de enero de 1989

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Redúcense en un 20% (veinte por ciento) las tasas a que se refiere el numeral 1º del artículo 18 del Título 14 del Texto Ordenado 1987. (*)

Artículo 2Artículo 2

La reducción dispuesta en el artículo anterior será de aplicación para la liquidación del Impuesto al Patrimonio de las Personas Físicas, Núcleos Familiares y Sucesiones Indivisas al 31 de diciembre de 1988.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese en dos diarios de circulación nacional, etc.