Decreto172-1996·1996

FIJACION DE ASUETOS PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS QUE REALICEN EL VII CENSO GENERAL DE POBLACION, III DE HOGARES Y V DE VIVIENDAS - ESTADISTICA NACIONAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de agosto de 1996

Fecha de publicación

21/05/1996

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Los funcionarios públicos que sean llamados a cumplir funciones de Jefe de Segmento durante la preparación y ejecución del VII Censo General de Población, III de Hogares y V de Viviendas tendrán cinco días de asueto que les serán concedidos por las oficinas o dependencias respectivas.

Artículo 2Artículo 2

Los funcionarios públicos a los que se hubiere encomendado alguna tarea censal, que no concurran a desempeñarla sin justificar debidamente su omisión, serán pasibles de las máximas sanciones previstas por la normativa vigente.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.