Decreto173-1985·1985

MODIFICACION DE ESTRUCTURA ORGANICA. UNIDADES EJECUTORAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de marzo de 1985

Fecha de publicación

28/06/1985

Artículos (15)

Artículo 1Artículo 1

Del Presidente de la República dependen la Secretaría de la Presidencia de la República y la Secretaría Privada del Presidente de la República.

Artículo 2Artículo 2

La Secretaría de la Presidencia de la República está compuesta por el Secretario de la Presidencia de la República y por el Prosecretario de la Presidencia de la República.

Artículo 3Artículo 3

De la Secretaría de la Presidencia de la República dependen las Divisiones Administración Financiero-Contable, Administración, Servicios Generales; Comunicaciones, la Asesoría Jurídica, el Cuerpo de Asesores y el Departamento de Acuerdos.

Artículo 4Artículo 4

La División Administración Financiero-Contable se compone de los siguientes Departamentos: a) Contaduría Central, b) Presupuesto. El Departamento Contaduría Central se compone de las siguientes Secciones: a) Registro; b) Rendición de Cuentas. El Departamento de Presupuesto se compone de las siguientes Secciones: a) liquidación de Sueldos; b) Trámite y Archivo.

Artículo 5Artículo 5

La División Administración se compone de los siguientes Departamentos: a) Tesorería; b) Administración de Residencia Presidencial de Suárez; c) Adquisiciones; d) Publicaciones, e) Administración de Documentos; f) Técnico Bibliográfico. Integran asimismo la División Administración, las Secciones: a) Activo Fijo; b) Pool de Mecanógrafos. El Departamento de Tesorería se compone de las siguientes Secciones: a) Registro y Arqueo; b) Rendición de Cuentas. El Departamento de Adquisiciones se compone de las siguientes Secciones: a) Compras; b) Proveeduría. El Departamento de Administración de Documentos se compone de las siguientes Secciones: a) Mesa de Entrada y Salida; b) Reguladora de Trámite; c) Distribución; d) Archivo. (*)

Artículo 6Artículo 6

La División Servicios Generales se compone de los siguientes Departamentos: a) Intendencia; b) Mantenimiento; c) Relaciones Públicas; d) Recursos Humanos; c) Médico. Integran asimismo la División Servicios Generales la Sección Recepción y Audiencias y el Sector Peluquería. El Departamento de Intendencia se compone de las siguientes Secciones: a) Conserjería; b) Cafetería; c) Limpieza. El Departamento de Recursos Humanos, se compone de las siguientes Secciones: a) Personal; b) Cuentas Personales.

Artículo 7Artículo 7

La División Comunicaciones se compone de la Subdirección Técnica y de la Subdirección de Operaciones. La Subdirección Técnica se compone de los siguientes Departamentos, los cuales cumplirán las funciones que a continuación se indican: - Departamento de Servicio de Telefonía - Administración de los internos del sistema - Mantenimiento del sistema de atención por operadora - Mantenimiento de facsímiles - Departamento de Mantenimiento de Redes Telefónicas - Instalación y cableado de terminales telefónicos - Reparación y mantenimiento de los mismos - Departamento de Servicio Telefónico del Palacio Estévez - Instalación y cableado de terminales telefónicos - Reparación de los mismos - Departamento de Servicios de Informática - Administración de redes y equipos de Informática - Mantenimiento de equipos - Servicios de Asesoramiento - Departamento de Servicios de Radiocomunicaciones - Administración de equipos de radio - Administración de terminales de telefonía celular - Instalación y mantenimiento de los mismos - Departamento de Servicios de Audio y Video - Administración de equipos de audio y video - Servicio de amplificación y grabación de eventos - Mantenimiento de equipos La Subdirección de Operaciones se compone de los siguientes Departamentos, los cuales cumplirán las funciones que a continuación se indican: - Departamento Radiotelefónico - Proveer un servicio telefónico a través de las consolas atendiendo el tráfico de llamadas a todos los jerarcas del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo, del Poder Judicial, Dependencias y Organismos Públicos - Proveer un servicio de radio-comunicaciones a todos los móviles de la Presidencia de la República, Residencia Presidencial y Servicios de Seguridad en sus bases. Asimismo, ubicación de jerarcas por sistema de "Busca-personas" (BIP BIP) - Departamento de Tráfico y Control - Proveer servicio de Telex y Fax a la Presidencia de la República y Ministerios que no posean estos equipos. - Departamento de Proveeduría y Servicios - Administrar materiales de activo fijo - Administrar recursos humanos de servicios. (*)

Artículo 8Artículo 8

El Departamento de Acuerdos se compone de las siguientes Secciones: a) Acuerdos; b) Diario Oficial; c) Fichero.

Artículo 9Artículo 9

Del Jefe de la Casa Militar dependen: a) los Edecanes Militares del Presidente de la República; b) el Establecimiento Presidencial de Anchorena y la Residencia Presidencial de Punta del Este; c) la División Transportes; d) el Servicio de Seguridad Presidencial. (*)

Artículo 10Artículo 10

Los Edecanes Militares serán tres: uno del Ejército Nacional, otro de la Armada Nacional y otro de la Fuerza Aérea Uruguaya. De los Edecanes Militares depende la Guardia del Regimiento de Caballería Nº 1.

Artículo 11Artículo 11

La División Transportes se compone de las siguientes Secciones: a) Vehículos; b) Servicios; c) Taller; d) Conductores.

Artículo 12Artículo 12

Al Servicio de Seguridad Presidencial compete la cobertura de seguridad del Presidente de la República de las Oficinas y Residencias Presidenciales así como la supervisión de los cuerpos de Policía Femenina y Agentes de Tránsito afectados a la Presidencia de la República.

Artículo 13Artículo 13

El Presidente de la República redistribuirá a los funcionarios afectados a los servicios que pasan de una Unidad Ejecutora a otra en virtud de este decreto, en función de las necesidades del servicio. Dicha redistribución se efectuará a la Unidad Ejecutora que prestará el servicio traspasado.

Artículo 14Artículo 14

Apruébanse los organogramas de las Unidades Ejecutoras "Presidencia de la República y Oficinas Dependientes" y "Casa Militar" que figuran en los Anexos A y B<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> los que se considerarán parte integrante de este decreto.

Artículo 15Artículo 15

Comuníquese, etc