Artículo 1 — Artículo 1
Declárase vigente a partir del 21 de noviembre de 1985 la Enmienda 25 de las Normas y Métodos Recomendados Internacionales - Servicios de Información Aeronáutica - Anexo 15 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase vigente a partir del 21 de noviembre de 1985 la Enmienda 25 de las Normas y Métodos Recomendados Internacionales - Servicios de Información Aeronáutica - Anexo 15 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea a sus efectos.