Decreto174-1987·1987

VITIVINICULTURA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/03/1987

Fecha de publicación

6 de febrero de 1987

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en N$ 2.00 (son nuevos pesos dos) el precio de cada boleta de control de vinos secos, finos, licorosos especiales, espumantes y champagne, a que se refiere el decreto 132/982, de 24 de marzo de 1982.

Artículo 2Artículo 2

El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en dos diarios de la capital.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc..