Decreto174-2023·2023

FIJACION DEL APORTE AL FONDO DE FINANCIAMIENTO Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA ACTIVIDAD LECHERA (FFDSAL). 1° DE MARZO DE 2023

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/06/2023

Fecha de publicación

22/06/2023

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase a partir del 1° de marzo de 2023 la prestación pecuniaria que financia el Fondo de Financiamiento y Desarrollo Sustentable de la Actividad Lechera (FFDSAL) en $ 0,296 (doscientos noventa y seis milésimos de pesos uruguayos) por litro de leche.

Artículo 2Artículo 2

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del 1° de marzo de 2023.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese y archívese.