Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 30 de junio de 2002 el plazo previsto en el Decreto Nº 106/002, de 20 de marzo de 2002.-
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 30 de junio de 2002 el plazo previsto en el Decreto Nº 106/002, de 20 de marzo de 2002.-
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc..-