Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase por el término de noventa días, a partir del 4 de mayo de 1995, la exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado, a las enajenaciones de carne ovina que se efectúen en dicho período.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase por el término de noventa días, a partir del 4 de mayo de 1995, la exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado, a las enajenaciones de carne ovina que se efectúen en dicho período.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese y publíquese en dos diarios de circulación nacional, etc.