Artículo 1 — Artículo 1
Declárase prescindible para el desenvolvimiento de los cometidos sustanciales a cargo del Poder Ejecutivo el inmueble ubicado en el departamento de Rocha, empadronado con el Nº 1.868.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase prescindible para el desenvolvimiento de los cometidos sustanciales a cargo del Poder Ejecutivo el inmueble ubicado en el departamento de Rocha, empadronado con el Nº 1.868.
Artículo 2 — Artículo 2
Incorpórese el mismo al Anexo del Decreto Nº 65/002 de 8 de febrero de 2002.
Artículo 3 — Artículo 3
Dése cuenta a la Asamblea General.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese a la Comisión Ejecutiva para la Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado, y publíquese.