Decreto177-2017·2017

CATEGORIZACION COMO INCENTIVO A LOS FUNCIONARIOS DE LA DIRECCION GENERAL DE REGISTROS, LA RECAUDACION DEL AÑO 2016 DEDUCIDOS LOS COSTOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de marzo de 2017

Fecha de publicación

7 de noviembre de 2017

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Categorízase como "Incentivo" sujeto a cumplimiento de metas y compromiso de gestión para los funcionarios de la Unidad Ejecutora 018 "Dirección General de Registros" del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", la suma recaudada en el año 2016, una vez deducidos los costos de impresión, distribución de timbres y comisión de los distribuidores; equivalente al quince por ciento (15%) de la conformación del sesenta y cinco por ciento (65%) del porcentaje previsto en el literal C) del artículo 368 de la Ley 16.736 de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 520 de la Ley 18.719 de 27 de diciembre de 2010.

Artículo 2Artículo 2

La suma indicada en el artículo anterior se reajustará por el incremento que disponga el Poder Ejecutivo para los funcionarios públicos de la Administración Central y pasará a financiarse con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales" a partir del 1° de enero de 2017 y en los sucesivos ejercicios, desafectándose en el mismo porcentaje los recursos provenientes del Impuesto a los Servicios Registrales.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese a la Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales y a la Dirección General de Registro del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura" y publíquese.

Artículo 4Artículo 4

Cumplido, archívese.