Artículo 1 — Artículo 1
Incorpórase al Derecho Interno, a partir de la publicación en el Diario Oficial, la Resolución del Grupo Mercado Común Nº 19/01 y sus Anexos, por la que se establecen las "Disposiciones Generales para el Roaming Internacional y Coordinación de Frecuencias del Servicio Móvil Celular en el ámbito del MERCOSUR (Derogación de la Resolución GMC Nº 65/97). (*)