Artículo 1 — Artículo 1
(*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
(*)
Artículo 2 — Artículo 2
El presente decreto regirá para las enajenaciones de bienes facturadas entre 1° de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2017. (*)
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese y publíquese.-