Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase la revisión del "Plan de Respuesta de Emergencia Nacional para Incidentes y Accidentes Radiológicos", que se adjunta como Anexo (*) así como los anexos del Plan que forman parte del presente decreto.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase la revisión del "Plan de Respuesta de Emergencia Nacional para Incidentes y Accidentes Radiológicos", que se adjunta como Anexo (*) así como los anexos del Plan que forman parte del presente decreto.
Artículo 2 — Artículo 2
El citado Plan a que se hace referencia en el artículo precedente, se insertará en el Sistema Nacional de Emergencias aprobado por Ley No. 18621 de 25 de octubre de 2009 y su coordinación estará a cargo del Ministerio de Industria Energía y Minería, a través de la Unidad Ejecutora Autoridad Reguladora Nacional en Radioprotección.
Artículo 3 — Artículo 3
Derógase el Decreto No. 242/005 de 1 de agosto de 2005.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, publíquese, etc.