Artículo 1 — Artículo 1
Habilítase en el Inciso 27 "Instituto Nacional del Niño y Adolescente del Uruguay" una partida de $ 4:870.200,00 (pesos uruguayos cuatro millones ochocientos setenta mil doscientos) anuales, a partir del ejercicio 2010, en el Objeto del Gasto 095.002 "Fondo de contrataciones artículo 39 de la Ley N° 17.556, de 18 de setiembre de 2002, a efectos de financiar las erogaciones resultantes de las contrataciones que realice el Instituto, de acuerdo con lo dispuesto por la citada Ley N° 17556, modificativas y concordantes.