Decreto181-2019·2019

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. TACUAREMBO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/06/2019

Fecha de publicación

7 de enero de 2019

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) el inmueble empadronado con el N° 10325 (P) ubicado en la 10ª Sección Catastral del Departamento de Tacuarembó, que según plano de mensura 1593 del Departamento de Bienes Raíces de U.T.E. de febrero de 2019, levantado por el Ing. Agrim. Ernesto Muinelo, consta de un área de 28 há 1336 m² y se deslinda de la siguiente manera: al Suroeste tramo recto de 600 metros de frente a la Ruta Nacional N° 20, al Noroeste tramo recto de 400 metros lindando con el resto del Padrón 10325, al Noreste tramo recto de 806 metros 68 centímetros lindando también con el resto del Padrón 10325 y al Sureste tramo recto de 450 metros 24 centímetros de frente a Camino Vecinal.

Artículo 2Artículo 2

Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) habrá de hacer una reserva prudencial a efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley No. 15.027 del 17 de junio de 1980.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.