Decreto182-1989·1989

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. MARZO 1989. ABRIL 1989

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/04/1989

Fecha de publicación

28/04/1989

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de marzo de 1989, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto Ley 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en N$ 3.467,26 (nuevos pesos tres mil cuatrocientos sesenta y siete con 26/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de marzo de 1989 en N$ 3.264,59 (nuevos pesos tres mil doscientos sesenta y cuatro con 59/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice de los Precios del Consumo, asciende en el mes de marzo de 1989 a 537,28 (quinientos treinta y siete con 28/100) sobre base de diciembre de 1985.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de abril de 1989 es 1.6769 (uno con seis mil setecientos sesenta y nueve diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.