Decreto182-1991·1991

TRANSPORTE TERRESTRE

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de febrero de 1991

Fecha de publicación

9 de noviembre de 1991

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Derógase el decreto 498/990 de fecha 20 de octubre de 1990, por el que se extendió a los recorridos suburbanos la obligación dispuesta por el decreto 7/982 de fecha 13 de enero de 1982, de instalar instrumentos registradores denominados "tacógrafos" a los vehículos de más de 18 asientos destinados a prestar servicios de transporte colectivo de pasajeros nacionales o internacionales de mediana y larga distancia.

Artículo 2Artículo 2

(*)

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte a sus efectos