Decreto184-2011·2011

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. ABRIL 2011

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

31/05/2011

Fecha de publicación

14/06/2011

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de abril de 2011, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 511,60 (pesos uruguayos quinientos once con sesenta centésimos).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de abril de 2011 en $ 508,48 (pesos uruguayos quinientos ocho con cuarenta y ocho centésimos).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de abril de 2011 a 104,00 (ciento cuatro), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de mayo de 2011 es de 1,0834 (uno con ochocientos treinta y cuatro diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.