Decreto185-1993·1993

FIJACION DE TARIFAS DE GAS NATURAL. COMPAÑIA DEL GAS DE MONTEVIDEO. FEBRERO 1993

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/04/1993

Fecha de publicación

5 de julio de 1993

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase las tarifas máximas de gas por cañería para los servicios a cargo de la Compañía del Gas de Montevideo, que se aplicarán a los consumos que se efectúen a partir del 1º de febrero de 1993, conforme al detalle siguiente: TARIFA 1) Comprende los servicios residenciales. Se comprondrá de; 1.1 Un cargo por consumo de gas de N$ 960 el m3. Para consumos de 0 hasta 50 m3. habrá 10 m3. sin cargo. 1.2 Un cargo fijo mensual; De 0 a 10 m3. N$ 17.500 De 11 a 50 m3. N$ 22.900 De 51 m3. en adelante N$ 33.600 TARIFA 2) Comprende empresas comerciales, de servicios, confiterías y hotelería en general. Se comprondrá de: 2.1 Un cargo por consumo de gas de N$ 960 m3. 2.2. Un cargo fijo mensual: De 0 a 10 m3. N$ 18.700 De 11 m3. en adelante N$ 75.900 TARIFA 3) Comprende otros usos (servicios a empresas manufactureras, centro de asistencia médica pública y privadas, dependencias estatales) Se compondrá de : 3.1 Un cargo fijo por consumo de gas de N$ 960 m3. 3.2 Un cargo fijo mensual de N$ 156.900 (*)

Artículo 2Artículo 2

A los precios que se establecen en el artículo 1, deberá adicionárseles los impuestos que en cada caso correspondan.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.