Decreto186-2000·2000

MODIFICACION DE LA REGLAMENTACION SOBRE ADQUISICION Y TENENCIA DE ARMAS DE FUEGO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/06/2000

Fecha de publicación

7 de junio de 2000

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Inclúyese en el literal A) del artículo 3º del Decreto 652/970 de 22 de diciembre de 1970 y artículo 2º del Decreto 189/999 de 29 de junio de 1999, al Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación y a los Fiscales Letrados Nacionales, Fiscales Letrados Departamentales y Fiscales Letrados Adjuntos, con competencia en materia penal.

Artículo 2Artículo 2

Será aplicable a los mismos la previsión contenida en el inciso primero del artículo 28 del Decreto 652/970 citado.

Artículo 3Artículo 3

El Ministerio Público y Fiscal dará cumplimiento, a su respecto, a lo dispuesto en los artículos 22, 23 y 24 del mencionado Decreto.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.