Decreto187-2012·2012

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. PARAJE SAN GABRIEL. FLORIDA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de junio de 2012

Fecha de publicación

15/06/2012

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) el inmueble empadronado con el N° 14.928 (p) ubicado en la en la 1ª Sección Catastral del Departamento de Florida - Paraje San Gabriel y que según plano de mensura N° 1483 del Departamento de Bienes Raíces levantado por la Ing. Agrim. Alicia Lofredo consta de una superficie de 6647 m² con 54 dm², cuyo deslinde es el siguiente: al norte 100 m y al este 50 m con parte del padrón N° 14.928, al sur 105 m 31 cm con el padrón N° 7382 y al oeste 83 m 3 cm con la Ruta Nacional N° 6.

Artículo 2Artículo 2

Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) habrá de hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el decreto ley N° 15.027 del 17 de julio de 1980.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.