Decreto187-2026·2026

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. JUNIO 2026

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de octubre de 2026

Fecha de publicación

18/08/2026

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente al mes de junio de 2026, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219, de 4 de julio de 1974, y sus modificativos, en $ 1.922,68 (pesos uruguayos mil novecientos veintidós con 68/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (UR) precedentemente establecido y los correspondientes a los 2 (dos) meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de junio de 2026 en $ 1.920,46 (pesos uruguayos mil novecientos veinte con 46/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice de Precios del Consumo asciende en el mes de junio de 2026 a 118,13 (ciento dieciocho con 13/100), sobre base octubre 2022=100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de julio de 2026 es de 1,0425 (uno con cuatrocientos veinticinco diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese y archívese.