Artículo 1
"ARTICULO 1º Todos los cargos técnicos (investigación y apoyo) del Instituto de Investigaciones Biológicas "Clemente Estable" serán llenados por concurso de méritos y oposición.
Documento Actualizado
Artículo 1
"ARTICULO 1º Todos los cargos técnicos (investigación y apoyo) del Instituto de Investigaciones Biológicas "Clemente Estable" serán llenados por concurso de méritos y oposición.
Artículo 2
ARTICULO 2º De los llamados a concurso. Cuando las autoridades del Instituto de Investigaciones Biológicas "Clemente Estable" consideren necesaria la provisión de un cargo vacante, solicitarán al Ministerio de Educación y Cultura la autorización para efectuar el correspondiente llamado a concurso. Dicho llamado será publicado por dos veces consecutivas en el Diario Oficial y en dos diarios de la capital, debiéndose consignar: título del cargo, funciones a desempeñar, remuneración mensual, obligación horaria, si es de dedicación total o parcial y relación de documentos a presentar en el momento de la inscripción.
Artículo 3
ARTICULO 3º De la inscripción. Se efectuará en el Departamento de Administración del Instituto de Investigaciones Biológicas "Clemente Estable" y se cerrará a los treinta días hábiles de hecha la última publicación. Para todos los cargos, los aspirantes deberán presentar un curriculum vitae por triplicado con la documentación que avale lo declarado en dicha relación, además de otros documentos requeridos por las normas administrativas vigentes. Inciso I) Investigador jefe (Méritos y Oposición). a) Integración del Tribunal. El Tribunal estará integrado por un miembro del Consejo Directivo del IIBCE o por un delegado de este Consejo, elegido del seno de la comunidad científica nacional o internacional, con especialización reconocida en la disciplina en la que se concursa, un delegado del Ministerio de Educación y Cultura, que deberá ser un investigador con especialización reconocida en la disciplina y un delegado de los aspirantes. El MEC y IIBCE nombrarán sus respectivos delegados en un plazo no mayor de treinta días hábiles siguientes al día del cierre de la inscripción. Una vez designados ambos delegados convocarán a los aspirantes, quienes elegirán su representante en un plazo no mayor de ocho días hábiles. En el momento de la inscripción, cada candidato deberá presentar además de los documentos citados en el artículo 3º, una propuesta escrita donde expondrán las ideas del concursante sobre el desarrollo futuro de la División y los proyectos de investigación que vertebrarán dicho desarrollo (hasta 10 carillas a doble espacio). b) Evaluación de méritos (Hasta 40 puntos siendo eliminatorios puntajes inferiores a 20). Se ponderán los aspectos siguientes: 1) calidad de investigador en actividad, demostrada mediante existencia de trabajos publicados dentro de los cinco años de cerrada la inscripción; 2) producción científica; 3) desarrollo de una o más líneas de investigación original; 4) continuidad de su labor en la disciplina en la que concursa; 5) carrera académica; 6) antecedentes la formación de colaboradores. c) Prueba de oposición. Se realizarán dos pruebas de oposición que se puntearán hasta 20 puntos cada una siendo eliminatorios los puntajes menores de 10. La primera prueba consistirá en una conferencia que no excederá de 90 minutos y que versará sobre temas de investigación del concurso y los resultados obtenidos. La segunda prueba será una entrevista entre Tribunal y concursante donde se discutirán las ideas expuestas en la propuesta escrita presentada por el candidato en el momento de su inscripción. Inciso II) Investigador asistente (Méritos y Oposición). a) El Tribunal estará integrado por un miembro del Consejo Directivo o un delegado de este Consejo, el Jefe de la División donde se efectuará el llamado y un delegado de los aspirantes. Para las designaciones se usarán normas y plazos iguales a los del Inciso I). b) Evaluación de méritos (hasta 20 puntos) siendo eliminatorios puntajes inferiores a 10. Se ponderarán especialmente los siguientes aspectos: 1) calidad de investigador en actividad demostrada mediante la existencia de trabajos publicados dentro de los 5 años de cerrada la inscripción; 2) producción científica y 3) carrera académica. c) Pruebas de Oposición. Prueba 1 (hasta 10 puntos siendo eliminatorios puntajes menores de 5) Exposición oral de hasta 60 minutos, basada en temas de investigación del concursante y los resultados obtenidos. Podrá haber una posterior discusión con el Tribunal. Prueba 2 (hasta 20 puntos siendo eliminatorios los puntajes menores de 10). Se realizará un trabajo experimental de hasta un mes de duración (25 días hábiles) sobre un tema propuesto por el concursante y aprobado por el Tribunal el cual podrá aprobar, proponer modificaciones o reprobar la propuesta. La presentación escrita de lo realizado no excederá las 20 páginas mecanografiadas a doble espacio y podrá estar acompañada de los materiales que el concursante estime adecuados. Inciso III) Investigador Ayudante. a) El Tribunal estará integrado por un miembro del Consejo Directivo o un delegado de este consejo, el Jefe de la División donde se efectúa el llamado y un delegado de los aspirantes. Para las designaciones se usarán normas y plazos iguales a los del Inciso I). b) Evaluación de méritos (hasta 20 puntos siendo eliminatorios puntajes inferiores a 10). Se ponderan especialmente los siguientes aspectos: 1) calidad de investigador en actividad demostrada mediante la existencia de trabajos publicados dentro de los 5 años de cerrada la inscripción; 2) producción científica y 3) carrera académica. c) Prueba de oposición. Prueba 1 (hasta 10 puntos siendo eliminatorios puntajes menores de 5). Esta prueba durará hasta ocho horas y será propuesta por el Tribunal quien la seleccionará entre las técnicas usadas habitualmente en la División para la que se concursa. Habrá una presentación oral de hasta 30 minutos sobre la fundamentación de la técnica y los resultados obtenidos o esperados y podrá estar acompañada de los materiales que el concursante estime adecuados. Prueba 2 (Hasta 20 puntos siendo eliminatorios puntajes menores de 10). Se realizará un trabajo de laboratorio de una duración de hasta 15 días hábiles, según lo establezca el Tribunal. Versará sobre un tema seleccionado por el concursante entre tres propuestos por el Tribunal. Los fundamentos y resultados serán presentados por escrito en no más de 20 páginas mecanografiadas a doble espacio. Esta presentación tendrá la estructura de un trabajo científico. El Tribunal podrá efectuar preguntas durante el desarrollo de la prueba. Inciso IV) Técnico preparador (Méritos y Oposición). Para cada división, los respectivos jefes establecerán los requisitos mínimos que deberán llenar los concursantes. a) El Tribunal estará integrado por un miembro del Consejo Directivo o un delegado de este Consejo, el Jefe de la División donde se efectúa el llamado y un delegado de los aspirantes. Para las designaciones se usarán normas y plazos iguales a los del Inciso I). b) Se valorará como antecedentes la escolaridad y la actuación previa en la especialidad hasta con 10 puntos. c) Prueba de oposición (hasta 40 puntos). La prueba durará entre 2 y 10 días hábiles según el criterio del Tribunal. El Tribunal notificará a los aspirantes con una anticipación de 15 días hábiles el temario, el número de técnicas a efectuar y la forma en que se desarrollará la prueba. Inciso V) Director del Departamento de Administración (Méritos y Oposición). a) Este cargo se proveerá por concurso entre los funcionarios que prestan servicios administrativos en el IIBCE. Los referidos funcionarios serán notificados del llamado mediante circular. b) El Tribunal estará integrado por un delegado del MEC, un miembro del Consejo Directivo o un delegado de este Consejo y un delegado de los aspirantes. c) Para la evaluación de los méritos (hasta 40 puntos) se tendrá en cuenta: i) Los informes y calificaciones anuales obtenidos por los aspirantes como funcionarios del Estado en el Escalafón Ab; ii) Antigüedad de la función pública; iii) Características de los cargos ocupados; iv) Actividad realizada en los últimos dos años anteriores al concurso llamado; v) Otros antecedentes. d) Los aspirantes deberán demostrar mediante una prueba escrita (hasta 40 puntos) a determinar por el Tribunal sus conocimientos en algunos de los siguientes temas: i) Normas de Procedimiento Administrativo (decreto 640/973), ii) Normas de procedimiento Administrativo-Contable, iii) Normas relacionadas con los trámites para la introducción e importación de instrumentos y materiales científicos; iv) Procedimientos a seguir para el cumplimiento de leyes, decretos, reglamentos y resoluciones; v) Normas para la calificación y promoción de los funcionarios. Inciso VI) Jefe de Sección Secretaría Científica (Méritos y Oposición). a) El Tribunal estará constituido por un integrante del Consejo Directivo o un delegado de este Consejo, un investigador Jefe (DT) propuesto por la Comisión Asesora y nombrado por el Consejo Directivo y un delegado de los concursantes. Se usarán normas y plazos iguales a los del Inciso I). b) Se valorarán los antecedentes en el desempeño de tareas relacionadas con el cargo que se aspira y la escolaridad de los estudios realizados con un puntaje de 0 a 10 puntos. c) Prueba de Oposición (hasta 40 puntos). La prueba será propuesta por el Tribunal y deberá poner de manifiesto la capacidad de los aspirantes como taqui-mecanógrafos y su competencia en uno o más idiomas usados en la literatura científica. El Tribunal notificará a los aspirantes con quince días hábiles de anticipación la forma en que se efectuará la prueba. Inciso VII) Especialista III de Secretaría Científica (Mérito y Oposición). a) El Tribunal estará integrado por un miembro del Consejo Directivo o un delegado de este Consejo, el Jefe de la Secretaría Científica y un delegado de los aspirantes. Se usarán normas y plazos iguales a los del Inciso I). b) Se valorarán (puntaje de 0 a 10) los antecedentes en el desempeño de tareas relacionadas con el cargo que se aspira y la escolaridad en los estudios realizados. c) Prueba de Oposición (hasta 40 puntos). La prueba será propuesta por el Tribunal y deberá poner de manifiesto la capacidad de los aspirantes como taqui-mecanógrafos y su competencia en idioma inglés. El Tribunal notificará a los aspirantes con 15 días hábiles de anticipación la forma en que se efectuará la prueba. Inciso VIII) Jefe de Sección Bioterio. (Oposición y eventualmente Méritos). Los aspirantes a este cargo deberán haber cursado los cuatro primeros años de la carrera de doctor en Veterinaria. a) El Tribunal estará constituido por un integrante del Consejo Directivo o un delegado de este Consejo, un Investigador Jefe (DT) propuesto por la Comisión Asesora y designado por el Consejo Directivo y un delegado de los concursantes. Se usarán normas y plazos iguales a los del Inciso I). b) Prueba de oposición (hasta 20 puntos). El concursante presentará una propuesta escrita de hasta 10 páginas mecanografiadas a doble espacio, donde expondrá sus ideas sobre la organización de un Bioterio en el IIBCE. En una posterior entrevista entre el Tribunal y el concursante se discutirán esas ideas. Inciso IX) Jefe de Sección Fotografía (Méritos y Oposición). a) El Tribunal estará constituido por un integrante del Consejo Directivo o un delegado de este Consejo, un investigador Jefe (DT) propuesto por la Comisión asesora y designado por el Consejo Directivo y un delegado de los concursantes. Se usarán normas y plazos iguales a los del Inciso I). b) Se valorarán los antecedentes en el desempeño de tareas relacionadas con el cargo al que se aspira y la escolaridad de los estudios realizados con el puntaje de 0 a 10. c) Prueba de oposición (hasta 40 puntos). La prueba durará entre 2 y 10 días hábiles a juicio del Tribunal y consistirá en la realización de técnicas de fotoreproducción, macro y microfotografía, revelado y ampliación de negativos. El Tribunal notificará con 15 días hábiles de anticipación sobre el temario y la forma de realizar la prueba. Inciso X) Jefe de Departamento de Instrumentación Científica (Méritos y Oposición). a) El Tribunal se integrará de la siguiente manera: un miembro del Consejo Directivo o un delegado de este Consejo Directivo, un especialista en la materia designado por el Consejo Directivo a propuesta de la Facultad de Ingeniería o UTU y designado por el Consejo Directivo y un delegado de los concursantes. Se usarán normas y plazos iguales a los del Inciso I). b) Se valorarán los antecedentes en el desempeño de tareas relacionadas con el cargo al que se aspira y la escolaridad de los estudios realizados con un puntaje de 0 a 20. c) Prueba de oposición (hasta 40 puntos). La prueba durará hasta 15 días hábiles según el criterio del Tribunal. Se efectuará una prueba práctica a propuesta del Tribunal relativa al diseño, realización o reparación de instrumental del tipo normalmente utilizado en el IIBCE. El Tribunal notificará a los aspirantes con una anticipación de 15 días hábiles el temario y la forma en que se desarrollará la prueba. Inciso XI) Jefe de Sección Mecánica del Departamento de Instrumentación Científica (Méritos y Oposición). a) El Tribunal estará integrado por un miembro del Consejo Directivo o un delegado de este Consejo, el Jefe del Departamento de Instrumentación Científica y un delegado de los concursantes. Se usarán normas y plazos iguales a los del Inciso I). b) Se valorarán los antecedentes en el desempeño de tareas relacionadas con el cargo que se aspira y la escolaridad de los estudios realizados con un puntaje de 0 a 10. c) La prueba de oposición (hasta 40 puntos) será una prueba práctica relativa a la reparación o realización de un instrumento mecánico similar a los utilizados en el IIBCE. La prueba podrá durar 10 días hábiles. El Tribunal notificará con 15 días hábiles de anticipación el temario y la forma en que se desarrollará la prueba. Inciso XII) Jefe de Sección Electrónica del Departamento de Instrumentación Científica (Méritos y Oposición). a) El Tribunal estará integrado por un miembro del Consejo Directivo o un delegado de este Consejo, el Jefe de Departamento de Instrumentación Científica y un delegado de los concursantes. Se usarán normas y plazos iguales a los del Inciso I). b) Se valorarán los antecedentes en el desempeño de tareas relacionadas con el cargo que se aspira y la escolaridad de los estudios realizados con un puntaje de 0 a 10. c) La prueba práctica (hasta 40 puntos) durará hasta 10 días hábiles según el criterio del Tribunal. La prueba consistirá en la reparación o realización de un instrumental electrónico similar a los utilizados en el IIBCE. El Tribunal notificará a los aspirantes con la anticipación de 15 días hábiles el temario y la forma en que se desarrollará la prueba. Inciso XIII). Oficial Carpintero (Méritos y Oposición). a) El Tribunal estará integrado por un miembro del Consejo Directivo o un delegado de este Consejo Directivo, el Jefe del Departamento de Instrumentación Científica y un delegado de los concursantes. Se usarán normas y plazos iguales a los del Inciso I. b) Se valorarán los antecedentes en el desempeño de tareas relacionadas con el cargo que se aspira y la escolaridad de los estudios realizados con un puntaje de 0 a 10. c) La prueba de oposición (hasta 40 puntos) será una prueba práctica que durará hasta 5 días hábiles según el criterio del Tribunal. La prueba consistirá en una construcción o reparación que permita constatar su idoneidad para realizar las tareas específicas del cargo. El Tribunal notificará a los aspirantes con una anticipación de 15 días hábiles el temario y la forma en qué se desarrollará la prueba. Inciso XIV) Oficial Electricista (Méritos y Oposición). a) El Tribunal estará integrado por un miembro del Consejo Directivo o un delegado del Consejo Directivo, el Jefe del Departamento de Instrumentación Científica y un delegado de los concursantes. Se usarán normas y plazo iguales a los del Inciso I. b) Se valorarán los antecedentes en el desempeño de tareas relacionadas con el cargo que se aspira y la escolaridad de los estudios realizados con un puntaje de 0 a 10. c) Prueba de Oposición (hasta 40 puntos). La prueba durará hasta 5 días hábiles según el criterio del Tribunal. Será una prueba práctica que consistirá en la reparación o instalación de material eléctrico donde se demuestre su idoneidad para realizar su tarea específica. El Tribunal notificará a los aspirantes con una anticipación de 15 días hábiles el temario y la forma en que se desarrollarán las pruebas. Inciso XV) Técnico I Bibliotecario (Méritos y Oposición). Los aspirantes a este cargo deberán presentar el título de Bibliotecólogo expedido o revalidado por la Universidad de la República. a) El Tribunal estará integrado por un miembro del Consejo Directivo o un delegado de este Consejo, un bibliotecario especializado en biblioteca científica propuesto por la Escuela de Bibliotecnia de la Universidad de la República y designado por el Consejo Directivo y un delegado de los concursantes. Se usarán normas y plazos iguales a los del Inciso I. b) Para la evaluación de los méritos (hasta 20 puntos) se tendrán en cuenta fundamentalmente los méritos relativos a la labor bibliotécnica y documentación científico-bibliográfica en ciencias biológicas así como el conocimiento de los idiomas comunmente usados en la investigación biológica. c) Prueba de oposición (hasta 40 puntos). El Tribunal hará cumplir a los aspirantes una prueba práctica relativa a algunos de los siguientes puntos i) Clasificación decimal Dewey, ii) Catalogación con el empleo de Códigos de la Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecas (ALA), iii) Organización, especialmente en relación con las normas y modalidades vigentes en el país, iv) Consulta y referencia. El Tribunal notificará a los aspirantes con una anticipación de 15 días hábiles el temario y la forma en que se desarrollará la prueba. Inciso XVI) Especialista I (Bibliotecario). (Mérito y Oposición). a) El Tribunal estará constituido por un integrante del Consejo Directivo o un delegado de este Consejo, el Encargado de la Biblioteca del IIBCE (Técnico I Bibliotecario) y un delegado de los concursantes. Se usarán normas y plazo iguales a los del Inciso I. b) Se valorarán los antecedentes en el desempeño de las tareas relacionadas con el cargo que se aspira y la escolaridad de los estudios realizados con un puntaje de 0 a 10. c) Prueba de oposición (hasta 40 puntos). el Tribunal hará cumplir a los aspirantes una prueba práctica relativa a algunos de los siguientes temas: i) Clasificación decimal Dewey, ii) Catalogación con el empleo de Códigos de la Federación Internacional de Asociaciones de Biblioteca (ALA); iii) Organización, especialmente con las normas y modalidades vigentes en nuestro país, iv) Consulta y referencia. El Tribunal notificará a los aspirantes con una anticipación de 15 días hábiles el temario y la forma en que se desarrollará la prueba.
Artículo 4
Artículo 4º Disposiciones Generales. 1) Los fallos serán por unanimidad o mayoría y serán apelables sólo por vicio de forma o procedimiento. Se establece un plazo de 10 días hábiles a partir de la comunicación del fallo en cartelera, para efectuar reclamación ante el IIBCE, quien elevará todos los obrados al Ministerio de Educación y Cultura para que éste decida en definitiva. 2) Deberán labrarse actas para las siguientes etapas de los concursos: elección del delegado de los concursantes; constitución del Tribunal; puntajes otorgados en las pruebas; eliminación de un concursante por puntuación insuficiente y elección del ganador. El fallo con esos resultados figurará en cartelera del IIBCE durante 10 días hábiles. 3) Si los concursantes no llegaran a un acuerdo para elegir su delegado, en el mismo acto el Tribunal elegirá como delegado, a uno de los candidatos propuestos por los concursantes. 4) Durante el desarrollo de las pruebas prácticas, por lo menos un integrante del Tribunal deberá controlar la ejecución de las mismas. 5) Las pruebas prácticas se desarrollarán en el ámbito que el Tribunal considere más adecuado. 6) En caso de ausencia de un Jefe o Encargado de División integrante de un Tribunal, el Consejo Directivo designará un substituto.
Artículo 5
Artículo 5º Provisión interina de los cargos. Todos los cargos técnicos del Instituto tendrán la posibilidad de ser provistos interinamente hasta tanto se realice el Concurso y en la forma determinada por el presente Reglamento."