Decreto189-1996·1996

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. ABRIL 1996. MAYO 1996.

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/05/1996

Fecha de publicación

6 de marzo de 1996

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de abril de 1996, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley Nº 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 123,12 (pesos uruguayos ciento veintitrés con 12/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de abril de 1996 en $ 121,12 (pesos uruguayos ciento veintiuno con 12/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice de los Precios al Consumidor, asciende en el mes de abril de 1996 a 18.346,98 (dieciocho mil trescientos cuarenta y seis con 98/100) sobre base diciembre 1985 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los Alquileres que se actualizan en el mes de mayo de 1996 es de 1,3001 (una con tres mil una diezmilésimas).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.