Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese la emisión de Notas de Tesorería por hasta la suma de UP 85.000:000.000 (ochenta y cinco mil millones de Unidades Previsionales) en los plazos de 5 (cinco) a 30 (treinta) años; por los montos, condiciones, modalidades de integración y fechas que determine el Ministerio de Economía y Finanzas. La presente autorización tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019.