Decreto19-1987·1987

CREACION DE DISTINTIVO PARA EL MINISTERIO DE DEFENSA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/01/1987

Fecha de publicación

20/03/1987

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Créase un distintivo para el Ministerio de Defensa Nacional, el que estará formado de la siguiente manera: Ovalo con sol naciente sobre la parte superior y en el centro estrella de ocho picos sobre campo con los colores de la Bandera Nacional, sol, estrella y borde color oro mate. Dimensiones: eje mayor 0m020 y eje menor 0m016.

Artículo 2Artículo 2

Apruébase la lámina adjunta. Véase figura publicada en Diario Oficial el 20 de marzo de 1987.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y archívese.