Decreto19-1999·1999

REQUISITOS PARA ACCEDER A CARGOS DEPENDIENTES DIRECTAMENTE DEL DIRECTOR DE UNIDAD EJECUTORA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/01/1999

Fecha de publicación

28/01/1999

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Para poder acceder a los cargos o funciones contratadas de nivel gerencial y ejecutivo (Directores de División y de Departamento) y técnicos o de asesoramiento inmediatamente dependientes del Director de Unidad Ejecutora, pertenecientes a los escalafones A y B, a partir del 1º de junio de 1999 será necesario haber cumplido satisfactoriamente los cursos que integran el Plan de Capacitación de Funcionarios de la Administración Pública, aprobado por el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado, o acreditar en forma fehaciente, poseer un nivel de conocimiento equivalente o superior, con anterioridad a la designación. La realización de dichos cursos se hará asimismo extensiva a los funcionarios que actualmente desempeñan los cargos o funciones mencionados y será considerada en la evaluación de su desempeño.

Artículo 2Artículo 2

De conformidad con el artículo 3º del Decreto Nº 302/996 de 31 de julio de 1996 el Jerarca de cada Unidad Ejecutora determinará qué cursos dentro del Plan serán requeridos para el desempeño de cada cargo o función, estableciéndolo en el llamado respectivo.

Artículo 3Artículo 3

Los participantes de los cursos estarán exonerados, durante la duración del mismo, de prestar servicios en sus organismos respectivos.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.