Decreto19-2011·2011

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. DICIEMBRE 2010

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/01/2011

Fecha de publicación

2 de marzo de 2011

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de diciembre de 2010, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 478,63 (pesos uruguayos cuatrocientos setenta y ocho con sesenta y tres centésimos).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de diciembre de 2010 en $ 474,37 (pesos uruguayos cuatrocientos setenta y cuatro con treinta y siete centésimos).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de diciembre de 2010 a 302,01 (trescientos dos con cero uno), sobre base marzo 1997 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de enero de 2011 es de 1,0693 (uno con seiscientos noventa y tres diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.