Decreto190-1994·1994

COMPENSACIONES ESPECIALES PARA EL PERSONAL DEL AREA DE ENFERMERIA DEL SERVICIO DE SANIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de marzo de 1994

Fecha de publicación

5 de noviembre de 1994

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Extiéndese para el Personal del Area de Enfermería del Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas, la compensación por atención directa de los pacientes internados en sala, servicios de emergencia y centros quirúrgicos, previstos en los artículos 280 y 281 de la Ley 16.226 de fecha 29 de octubre de 1991 y artículo 247 de la Ley 15.903 del 18 de noviembre de 1987.

Artículo 2Artículo 2

Establécese que la referida compensación regirá a partir del 1ro. de enero de 1994.

Artículo 3Artículo 3

Publíquese, comuníquese y pase a la Contaduría General de la Nación y a la Dirección Financiero Contable a sus efectos.