Decreto190-2011·2011

APROBACION DEL OCTOGESIMO TERCER PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA N° 18 SUSCRITO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

31/05/2011

Fecha de publicación

15/06/2011

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el Octogésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 18, suscrito el 28 de febrero de 2011 entre los Gobiernos de la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, que consta como anexo (*) y forma parte del presente Decreto, y por el cual se incorpora al Acuerdo de Complementación Económica N° 18, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980, la Directiva N° 04/10 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR relativa a "Certificación de Origen Digital."

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese y dése cuenta a la Asamblea General.