Decreto191-1992·1992

ACUERDOS INTERNACIONALES - DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de diciembre de 1992

Fecha de publicación

15/07/1992

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Constitúyese una Comisión con el cometido de estudiar y proponer las medidas que considere convenientes para la implementación, aplicación y difusión de las normas del Derecho Internacional Humanitario aplicables a la República.

Artículo 2Artículo 2

Esta Comisión estará integrada por un delegado y un alterno designados por los Ministerios de Relaciones Exteriores, Interior, Defensa Nacional, Educación y Cultura, Salud Pública, por la Suprema Corte de Justicia, la Facultad de Derecho de la Universidad de la República y la Cruz Roja Uruguaya. (*)

Artículo 3Artículo 3

Esta Comisión funcionará en la órbita del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 4Artículo 4

La Comisión deberá expedirse en el plazo de noventa días.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.