Decreto192-2001·2001

CREACION DE COMITE INTERMINISTERIAL. PROGRAMA DE MODERNIZACION DEL SECTOR SALUD

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/05/2001

Fecha de publicación

6 de abril de 2001

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Créase en la órbita de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto un Comité Interministerial, administrador del Programa de Modernización del Sector Salud. (*)

Artículo 2Artículo 2

El mismo estará integrado por el Ministro de Salud Pública -que lo presidirá-, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, el Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o quienes estos designen. (*)

Artículo 3Artículo 3

Los cometidos del Comité que se crea por el artículo 1º del presente Decreto, serán los siguientes: 1) Efectuar el seguimiento en lo que refiere al cumplimiento de las acciones de políticas acordadas, así como a la aplicación del Programa en aspectos administrativos, técnicos y económicos y financieros. 2) Evaluar el impacto de la aplicación del Programa en los mismos aspectos señalados en el numeral anterior. 3) Proponer al Poder Ejecutivo y/o a los organismos competentes las medidas necesarias para aumentar la eficiencia y eficacia del Sistema.

Artículo 4Artículo 4

El Comité Interministerial contará con una Secretaría Técnica constituida por representantes designados por el Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Economía y Finanzas y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese.