Decreto192-2011·2011

APROBACION DEL OCTOGESIMO QUINTO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA N° 18 SUSCRITO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

31/05/2011

Fecha de publicación

15/06/2011

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el Octogésimo Quinto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 18, suscrito el 28 de febrero de 2011 entre los Gobiernos de la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, que consta como anexo (*) y forma parte del presente Decreto, y por el cual se incorpora al Acuerdo de Complementación Económica N° 18, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980, la Decisión N° 55/08 del Consejo del Mercado Común relativa a "Régimen de certificación de mercaderías originarias de la SACU almacenadas en los depósitos aduaneros de los Estados Partes del MERCOSUR."

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese y dése cuenta a la Asamblea General.