Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase a partir del 27 de octubre de 1987, la asignación trimestral para Gastos de Etiqueta a la que tendrán derecho los Jefes de Misión Diplomática Permanente y quien desempeñe temporariamente esa función, para la Embajada de la República en el Reino de Dinamarca en N$ 3.40.