Decreto193-2003·2003

AGUINALDO PARA LA ACTIVIDAD PUBLICA. JUNIO 2003

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/05/2003

Fecha de publicación

27/05/2003

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Dispónese que los funcionarios públicos de los Incisos 02 al 27 del Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones, percibirán una suma equivalente a la doceava parte del total de las retribuciones sujetas a montepío percibidas por cualquier concepto, en el período comprendido entre el 1º de diciembre de 2002 y el 31 de mayo de 2003, conforme a lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 14.360, de 17 de abril de 1975.-

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc..-