Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la firma CONECTA S.A. el ajuste extraordinario en sus tarifas que regirá a partir del 1° de junio de 2018, por el servicio de suministro de gas natural en el sur del país, con excepción de Montevideo, y en la ciudad de Paysandú conforme a los Cuadros de Tarifas Máximas que se describen en Anexos I y II <IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> que forman parte del presente decreto;