Decreto194-2022·2022

FIJACION DEL PRECIO POR PRESTACION DEL SERVICIO DE EVALUACION DE LA CONFORMIDAD QUE REALIZA EL LATU EN PRODUCTOS IMPORTADOS. CREACION DE LA COMISION INTERMINISTERIAL PARA LA EVALUACION DE LA CONFORMIDAD DE ALIMENTOS IMPORTADOS (CIECAI)

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/06/2022

Fecha de publicación

20/06/2022

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el precio por la prestación del servicio de evaluación de la conformidad que realiza el LATU respecto de los productos importados, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley N° 13.318, de 28 de diciembre de 1964, y el artículo 164 de la Ley N° 13.640, de 26 de diciembre de 1967, en un 0,5% (cero con cinco por ciento) del valor CIF de la importación de los alimentos objeto de control, a partir de la vigencia del presente Decreto.

Artículo 2Artículo 2

Créase la Comisión Interministerial para la Evaluación de la Conformidad de Alimentos Importados (CIECAI) a los efectos de elaborar en un plazo de 60 (sesenta) días una propuesta de reglamentación del artículo 694 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, en materia de importación de alimentos y bebidas.

Artículo 3Artículo 3

La Comisión creada en el artículo anterior estará integrada por un delegado designado por el Ministerio de Salud Pública, un delegado designado por el Ministerio de Industria, Energía y Minería, un delegado designado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, un delegado designado por el Ministerio de Economía y Finanzas, un delegado designado por la Dirección Nacional de Aduanas y un delegado designado por el Laboratorio Tecnológico del Uruguay.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese y archívese.