Artículo 1 — Artículo 1
Transfórmanse las actuales Fiscalías Letradas Nacionales de Aduana de 1º y 2º Turnos, en Fiscalías Letradas Nacionales de Aduana y Hacienda de 1º y 2º Turnos, con los cometidos asignados a sus similares de Aduana de 1º y 2º Turnos y de Hacienda, respectivamente.