Artículo 1 — Artículo 1
Exceptúase de lo dispuesto por el art. 1° del Decreto 206/000, de 19 de julio de 2000, a las misiones oficiales que realicen jerarcas, funcionarios y técnicos de los distintos Incisos de la Administración Central, a la República Federativa de Brasil, en el marco de la Comisión Bilateral de Planificación Estratégica e Integración Productiva (CBPE), URUGUAY-BRASIL, hasta que el mismo agote su objeto, o mientras se encuentre vigente.