Decreto198-1988·1988

APROBACION DE PARTIDAS PRESUPUESTALES. EJERCICIO 1987. MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS.

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/02/1988

Fecha de publicación

5 de diciembre de 1988

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase la distribución por programa y fuente de financiamiento del monto de ejecución autorizado para el Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" para el año 1987 dispuesto por el artículo 190 de la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987, con el detalle incluido en el Anexo I<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> que forma parte integrante de este decreto.

Artículo 2Artículo 2

Apruébese el Plan de Mantenimiento del Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Publicas" para el Ejercicio 1987, con la distribución por programas y rubros de gastos indicados en los Anexos II a V<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> que forman parte integrante de este decreto.

Artículo 3Artículo 3

Los rubros de retribuciones personales se ajustarán de acuerdo a los incrementos que otorgue el Poder Ejecutivo a los funcionarios públicos, y los restantes en la oportunidad y por el porcentaje que determine el Poder Ejecutivo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 82 de la ley 15.809 de 8 de abril de 1986.

Artículo 4Artículo 4

El Ministerio de Transportes y Obras Públicas comunicará a la Contaduría General de la Nación y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto el detalle de las imputaciones de acuerdo con los mecanismos implementados por la Contaduría Central de la Nación a tales efectos.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, dése en cuenta a la Asamblea General y previa toma de razón por la Contaduría Central y la Auditoría del Tribunal de Cuentas destacada en el mismo, archívese.