Artículo 1 — Artículo 1
Otórgase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas un crédito por los Impuestos al Valor Agregado y de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social, incluidos en las adquisiciones de bienes y servicios para la ejecución del "Programa de Protección Ambiental y Desarrollo sostenido del Sistema Acuífero Guaraní". Dicho crédito será materializado mediante certificados de crédito nominativos en las condiciones que establezca la Dirección General Impositiva.