Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el artículo 1º del Decreto Nº 36/995, de 24 de enero de 1995 en el sentido de incluir en el artículo 1º del mismo lo siguiente: "Unidad Ejecutora 017, Fiscalías de Gobierno de Primer y Segundo Turno, Dirección de la División Administrativa".