Artículo 1 — Artículo 1
Se consideran exportación de servicios a los efectos del Impuesto al Valor Agregado, a los siguientes servicios prestados a la Secretaría Administrativa del Mercosur, en el marco del Proyecto "Fortalecimiento institucional del Mercosur y consolidación del mercado regional": a) servicios de asesoramiento. b) servicios prestados para el diseño, desarrollo o implementación de soportes lógicos específicos, entendiéndose por tales aquellos que se produzcan previa orden. c) licencias del uso de soportes lógicos por un período o a perpetuidad. d) cesión total de los derechos de uso y explotación de soportes lógicos.