Decreto2-1989·1989

FIJACION DE LA EQUIVALENCIA DEL PESO CONSULAR. TASA CONSULAR

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/01/1989

Fecha de publicación

23/06/1989

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase a partir del 1º de enero de 1989, la equivalencia del peso consular en 3,00 dólares americanos a los efectos de la percepción de los derechos consulares establecidos en los artículos 15, 26, 34 y 35 de la ley 11.924, de fecha 27 de marzo de 1953.

Artículo 2Artículo 2

Exceptúase de la aplicación de esta equivalencia al numeral 26 del artículo 15 de la ley 11.924 cuyos derechos consulares continuarán aplicándose de acuerdo a lo establecido en el artículo 524 del decreto ley 14.189 de 30 de abril de 1974 y decretos reglamentarios.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.