Decreto2-1995·1995

CARGOS Y CONTRATOS CON FUNCIONES DE MAYOR JERARQUIA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de setiembre de 1995

Fecha de publicación

19/01/1995

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Establécese que, de acuerdo con la estructura organizacional vigente, en las siguientes unidades ejecutoras del Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social", los cargos y contratos de función pública que tienen asignadas tareas de mayor jerarquía, al sólo efecto de lo establecido por el artículo 9º de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994, son los que integran la nómina que se indica a continuación: UNIDAD EJECUTORA 001 "Dirección General de Secretaría" Dirección Jurídica Dirección de la Auditoría Dirección Financiero-Contable Dirección de la Asesoría Notarial Dirección de la Oficina Sectorial de Planeamiento y Presupuesto Direccion de la Oficina Sectorial del Servicio Civil Dirección de la Asesoría en Relaciones Internacionales Dirección de Administración Dirección de la Asesoría Técnica UNIDAD EJECUTORA 002 "Dirección Nacional de Trabajo" Sub-Dirección Nacional de Trabajo UNIDAD EJECUTORA 003 "Dirección Nacional de Empleo" Dirección de la División Investigación Dirección de la División Selección y Seguimiento de Entidades Capacitadoras Dirección de la División Información del Mercado Laboral Dirección de la División Orientación Laboral UNIDAD EJECUTORA 004 "Dirección Nacional de Coordinación en el Interior" Sub-Dirección de la Dirección Nacional de Coordinación en el Interior. UNIDAD EJECUTORA 007 "Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social" Dirección del Departamento Jurídico Dirección de la División Documentos de Contralor UNIDAD EJECUTORA 010 "Dirección Nacional de Comercio" Dirección de la Asesoría Letrada Comercial Dirección Comercializadora Subsistencias Dirección Administrativa (*)

Artículo 2Artículo 2

La Contaduría Central del Inciso presentará ante la Contaduría General de la Nación la Solicitud de apertura del crédito correspondiente al renglón derivado 064.406. (*)

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese a la Contaduría Central del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y a los correspondientes servicios técnicos de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación. (*)