Decreto20-2004·2004

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. DICIEMBRE 2003. ENERO 2004

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/01/2004

Fecha de publicación

2 de marzo de 2004

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de diciembre de 2003, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley Nº 14.219, de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 225,11 (pesos uruguayos doscientos veinticinco con 11/100).-

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de diciembre de 2003 en $ 224,42 (pesos uruguayos doscientos veinticuatro con 42/100).-

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice General de los Precios del Consumo, asciende en el mes de diciembre de 2003 a 187,48 (ciento ochenta y siete con 48/100), sobre base marzo 1997=100.-

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de enero de 2004 es de 1,0660 (uno con seiscientos sesenta diezmilésimos).-

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.-